Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2010-R
Fecha: 03-May-2010
II.2.
II.2. El 17 de septiembre de 2007, Margarita Santillana Gonzáles, en representación de su esposo Eusebio Alejandro Soto, solicitó al Director del Hospital Universitario Municipal “San Juan de Dios”, le permita salir a su esposo y se aplique el art. 22 del SOAT (fs. 5 a 6); no cursa en obrados respuesta a dicha solicitud por parte del Director, únicamente consta en la parte inferior del memorial un proveído de 18 de ese mes y año, en el que el abogado Medardo Flores Vaca, refiere que la impetrante acredite previamente, si el motorizado tiene el SOAT.
- recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Sobre el ámbito de protección de la acción de libertad en los centros hospitalarios públicos y privados
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR