SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0138/2010-R
Fecha: 17-May-2010
III.6. Con relación a la actuación del Juez de la Niñez y Adolescencia
Con relación a la actuación del Juez de la Niñez y Adolescencia del Distrito Judicial de Oruro, se constata que el mismo asumió conocimiento del caso mediante un memorial presentado por la Directora del SEDEGES el 29 de octubre de 2007 a horas 11:45, mediante el cual se le informó acerca de la aprehensión de “B.S.V.M.”, solicitando que dicha autoridad disponga lo que en derecho corresponda. En virtud a ello, previo a verificar si cursaba en su despacho alguna denuncia contra el menor, hijo de la recurrente, el referido Juez dispuso su libertad mediante decreto el 30 del mismo mes y año, que se cumplió en la misma fecha, ajustando su proceder a la normativa legal vigente, dentro del plazo establecido y en resguardo de sus derechos y garantías constitucionales. Consecuentemente, el presente recurso es improcedente contra dicha autoridad.
- recurso de hábeas corpus -ahora acción de libertad-
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.6.
- III.
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de hábeas corpus
- III.4. Marco jurídico sobre la aprehensión a menores
- III.5. Con relación a la actuación del Fiscal de Materia
- III.6. Con relación a la actuación del Juez de la Niñez y Adolescencia
- APROBAR