SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0145/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0145/2010-R

Fecha: 17-May-2010

1)

Los recurridos a través de su abogado, expresaron que: 1) El recurso de amparo constitucional tiene carácter subsidiario; es decir, tiene que emplearse después de agotados todos los otros recursos; 2) El recurrente no presenta un testimonio que demuestre que consiguió el terreno mediante dotación agraria, presentando el pago de impuestos de 25 de agosto de 2006; 3) Los silos están a 100 m de los asentamientos, demostrando con esto que no existe movimiento alguno en el terrero, sino que se trata de una infraestructura abandonada; 4) Los sembradíos están intactos porque los asentamientos se dieron en zonas absolutamente abandonadas; y, 5) La certificación de la Alcaldía Municipal señala que el terreno se encuentra dentro del radio urbano y que no cumple una función social, por el contrario se convirtió en una zona de pandilleros.