SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0191/2010-R
Fecha: 24-May-2010
al no estar directamente vinculadas con la privación de libertad del accionante
En cuanto a la solicitud de extinción de la acción penal, la cual fue rechazada por Resolución pronunciada en la audiencia de juicio oral de 16 de enero de 2007, y que interpuesto el recurso de apelación incidental, los Vocales ahora denunciados por Auto de Vista de 12 de septiembre de 2007, declararon no haber lugar a la admisión de la alzada interpuesta, por lo cual al estar la misma Sala en conocimiento de la apelación restringida, se volvió a reiterar la solicitud; cabe señalar, que estas cuestiones al no estar directamente vinculadas con la privación de libertad del accionante, por no ser la causa directa de la misma, al margen de estar pendiente de resolución, no corresponden ser dilucidadas a través de esta acción de defensa, y por ende, corresponde la denegación de la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- indebidamente procesada
- los hechos ocurridos desde el inicio de la investigación y durante la etapa preparatoria no pueden ser compulsados en la presente acción
- al no estar directamente vinculadas con la privación de libertad del accionante
- APROBAR