SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0204/2010-R
Fecha: 24-May-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 14 de noviembre de 2007, cursante de fs. 5 a 6 vta., el recurrente expresa que su representado se encuentra detenido preventivamente por orden del Juez recurrido, dentro de un proceso penal que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de lesiones graves y leves, medida cautelar que por su estado de salud cumple con custodia policial en el Hospital General San Juan de Dios, solicitando el 6 de noviembre de 2007, la cesación de la misma; empero, transcurrieron más de siete días sin que la autoridad judicial señale día y hora de audiencia, argumentando que el expediente se encuentra en la Central de Notificaciones, pese a que las providencias de mero trámite deben ser dictadas en el plazo de veinticuatro horas, conforme a los arts. 123 y 132 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), incurriendo en dilación indebida.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- celeridad
- SC
- dieciséis
- POR TANTO