SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0226/2010-R
Fecha: 31-May-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente (ahora accionante), denuncia la vulneración de su derecho a la libertad física, señalando que fue aprehendido en virtud a una Resolución emanada de la fiscal Elffy Bass Werner de Oroza que no se encuentra fundamentada y no cumple las exigencias previstas en el Código de Procedimiento Penal, la cual además tenía por objeto conducirlo a la FELCC para prestar su declaración, por lo que cumplido este cometido, correspondía su inmediata libertad, lo que no ocurrió estando por cumplir veinticuatro horas de detención, vulnerando el art. 225 del CPP. Por consiguiente, en revisión de la Resolución del Tribunal de garantías corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- improcedente
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- III.2. Sobre la vigencia del principio de subsidiariedad en el recurso de hábeas corpus, actualmente acción de libertad
- SC 0008/2010-R
- III.3. El Juez cautelar como contralor de la investigación
- SC 0080/2010-R
- Primer supuesto:
- el accionante no activo en lo absoluto la vía de control jurisdiccional de la investigación a cargo del Juez Instructor, antes o a tiempo de ser sometido a audiencia de medidas cautelares
- APROBAR