Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0226/2010-R
Fecha: 31-May-2010
improcedente
La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dictó la Resolución 03/2007 de 4 de diciembre, cursante de fs. 43 45, declarando improcedente el recurso, con el fundamento de que el recurrente fue buscado en su domicilio a objeto de prestar su declaración informativa y al no haber sido encontrado se procedió a expedir el mandamiento de aprehensión, el mismo que se encuentra debidamente fundamentado, siendo puesto a disposición del Juez dentro de las veinticuatro horas.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- improcedente
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- III.2. Sobre la vigencia del principio de subsidiariedad en el recurso de hábeas corpus, actualmente acción de libertad
- SC 0008/2010-R
- III.3. El Juez cautelar como contralor de la investigación
- SC 0080/2010-R
- Primer supuesto:
- el accionante no activo en lo absoluto la vía de control jurisdiccional de la investigación a cargo del Juez Instructor, antes o a tiempo de ser sometido a audiencia de medidas cautelares
- APROBAR