AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2010-RCA

Fecha: 15-Jun-2010

rechazó

Por Resolución 483/2007 SSA-II, (fs. 82 y vta.), la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, rechazó in limine el recurso, argumentando que: a) No expresa de manera clara y precisa  los hechos que le sirven de fundamento, tampoco identifica los hechos o actos ilegales que supuestamente vulneran sus derechos y garantías constitucionales ni cual la omisión en la que incurrieron las autoridades recurridas; b) Se pretende equiparar al Tribunal de garantías, al de un tribunal ordinario; por cuanto los antecedentes del recurso se hallan relacionados estrictamente a la competencia de un tribunal ordinario, y c) Los antecedente del recurso, no se encuentran relacionados con el petitorio, toda vez que la tutela impetrada para el restablecimiento de los derechos y garantías lesionados, están dirigidos principalmente a obtener del Tribunal de garantías que éste disponga la nulidad del proceso administrativo, así como de los registros enviado a la CGR, cuando no se ha determinado específicamente los hechos que motivan dicha petición.