AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2010-CA

Fecha: 14-Jun-2010

el recurso, hoy acción, indirecta o incidental de inconstitucionalidad es inviable  dentro de una acción de amparo constitucional, en consecuencia no puede ser formulado por ninguna de las partes y mucho menos por un tercero

        “Circunstancias que conllevan a cambiar de entendimiento que se apartó del sentido constitucional que el Constituyente le dio, por ello se debe tener en cuenta que el recurso, hoy acción, indirecta o incidental de inconstitucionalidad es inviable  dentro de una acción de amparo constitucional, en consecuencia no puede ser formulado por ninguna de las partes y mucho menos por un tercero. Sin embargo, ello no implica  negación a la acción incidental e inconstitucionalidad que pude ser  planteada  en otro proceso, no así dentro de la acción de amparo, a fin de no desnaturalizar su esencia y finalidad, como abundantemente se tiene explicado”.  Ratificada por  el AC 0263/2010-CA de 26 de mayo  que sostiene: