Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0331/2010-CA
Fecha: 15-Jun-2010
cambio del entendimiento jurisprudencial
De lo expuesto, se considera necesario efectuar un cambio del entendimiento jurisprudencial generado en los AACC 0125/2003-CA, 0327/2003-CA y 0341/2003-CA, entre otros, en los que se efectuó el cómputo del referido plazo en días hábiles, por lo que se modula y reconduce la línea jurisprudencial precedentemente anotada, estableciéndose que el plazo de referencia debe ser calculado en días calendario.
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 4
- II.2. Cómputo del plazo legal para la interposición del recurso directo de nulidad
- con plenitud de jurisdicción y competencia para pronunciar autos constitucionales, debidamente motivados que estén orientados a la interpretación y aplicación de las normas relacionadas a esas funciones de índole procesal, con igual efecto vinculante que una sentencia constitucional
- cambio del entendimiento jurisprudencial
- Fragmento 8
- corresponde ser aplicado de inmediato a los casos que se encuentren en trámite en este Tribunal
- es de treinta días calendario
- RECHAZA