Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0337/2010-CA
Fecha: 15-Jun-2010
consulta
En consulta el Auto 289 de 23 de agosto de 2008, cursante de fs. 43 a 44 vta., pronunciado por la Jueza Quinta de Instrucción en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial Santa Cruz, por la que se rechaza la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulada por Lidia Ena Ortíz, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 90 del Código de Procedimiento Civil (CPC) y 247 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), por supuestamente vulnerar la garantía del debido proceso, sin citar la norma constitucional respectiva.
- consulta
- a)
- i)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Alcances del control de constitucionalidad
- Fragmento 8
- antes de la ejecutoria de la sentencia”
- sujeto procesal
- el derecho a la ejecución de las sentencias y resoluciones ejecutoriadas
- AC 0236/2004-CA de 21 de abril
- en los casos en que el incidente de inconstitucionalidad sea planteado en ejecución de sentencia
- la referida Sentencia se encuentra ejecutoriada
- 1º
- 2º