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    AUTO CONSTITUCIONAL 0368/2010-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0368/2010-CA

    Fecha: 22-Jun-2010

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    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • I.3. Resolución de la autoridad judicial consultante
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.2. Atribución de la Comisión de Admisión
    • resolución no judicial
    • no tiene competencia
    • “decreto de 17 de junio de 2008”
    • el tribunal o juez de amparo ante la interposición del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad dentro de una acción tutelar tiene la facultad de desestimar el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, sin la necesidad que el mismo sea remitido en consulta a este Tribunal, debiendo proseguir el trámite regular que la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional establecen, hasta concluir con el pronunciamiento de la resolución final”
    • carezca de fundamento jurídico-constitucional que amerite una decisión de fondo;
    • APROBAR,

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