AUTO CONSTITUCIONAL 0384/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0384/2010-CA

Fecha: 30-Jun-2010

admitió

Por Resolución de 27 de agosto de 2008, cursante de fs. 93 a 95, el Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil del Distrito Judicial de Cochabamba, “admitió el recurso” considerando: i) La existencia desproporcional de avalúos respecto al mismo bien inmueble, de llevarse a cabo el remate sobre la valuación fiscal, se provocaría un daño enorme a los deudores con relación a la diferencia monetaria entre éstos; ii) El art. 534.I del CPC es inconstitucional, porque de rematarse el bien inmueble sobre la base del valor catastral, le podría quedar un saldo pendiente, lo cual le provocaría además de perder su inmueble, tener que trabajar toda su vida; y, iii) El acto de injusticia afectaría al deudor y repercutiría en su familia.