SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0284/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0284/2010-R

Fecha: 07-Jun-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Dentro del proceso penal seguido en contra de su representado, a instancia del Ministerio Público, por los supuestos delitos de robo agravado y asociación delictuosa, signado con el número FELCC-0608403, el Juez de la causa ordenó su detención preventiva, medida frente a la cual, interpuso recurso de apelación, mereciendo que la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de Santa Cruz, revoque la Resolución del inferior, con el argumento de no estar debidamente fundamentada.

Alega que, una vez señalada nueva audiencia, el Juez cautelar, nuevamente dispuso la detención preventiva de su representado, con el fundamento de que no acreditó contar con trabajo establecido. Apelada la determinación y radicado el proceso ante la Sala Penal Segunda, se enteró que la parte querellante a su vez, también interpuso recurso de apelación con el argumento de que el a quo, no consideró el peligro de obstaculización, ofreciendo en la audiencia pruebas y no a tiempo de entablar el recurso incidental.

Puntualiza que, su representado, debió ser notificado con la apelación incidental incoada por el querellante, extremo no cumplido, vulnerando con ello el derecho a la defensa; por el contrario, se resolvió directamente la acción sin tomar en cuenta que el art. 406 del Código de Procedimiento Penal (CPP), señala que recibidas las actuaciones, la Corte Superior, decidirá en una sola resolución la admisibilidad del recurso y la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez días siguientes; incurriendo con ello, en un procesamiento ilegal e indebido, por mala aplicación de las normas procedimentales que inciden directamente en su privación de libertad.