SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0317/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0317/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

III.5. Caso analizado

En la problemática planteada se evidencia que la Resolución pronunciada por las autoridades demandadas está enmarcada a derecho, es decir, dentro de lo previsto por el art. 24 de la LAPCAF, norma legal que -como se tiene dicho- con absoluta precisión y claridad nos señala en su apartado 1 que procede el recurso de apelación en el efecto diferido contra autos interlocutorios que resolvieren excepciones previas, y en el caso analizado, la Resolución que motivó el recurso de apelación, es un Auto interlocutorio que resuelve una excepción previa, por lo que resulta lógico que las autoridades demandadas hayan declarado ilegal la compulsa deducida por los accionantes.