Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0319/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 3 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve, APROBAR la Resolución de 10 de noviembre de 2006, cursante a fs. 46 y vta., pronunciada por la Jueza Segunda de Partido Mixta y de Sentencia de Sacaba del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- 1)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- denegando
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. La naturaleza jurídica del recurso de amparo constitucional y su carácter subsidiario
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso
- a)
- APROBAR