SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0319/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0319/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

denegando

La Jueza Segunda de Partido Mixto y de Sentencia de Sacaba del Distrito Judicial de Cochabamba, pronuncio la Resolución de 10 de noviembre de 2006, denegando el recurso; como fundamentos señala: i) El art. 7 inc. h) de la CPEabrg, consagra como un derecho fundamental de las personas el derecho a la petición, ii) Que el recurso de amparo constitucional por mandato del art. 19 de la CPEabrg, procede siempre que no hubiera otro medio legal u órgano para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos y amenazados, considerando que deben agotarse todos los procedimientos legales previos con relación al acto o hecho que dieron lugar al recurso; y, iii) En audiencia el representante legal del recurrido presenta el memorial de recurso adjuntando la hoja de ruta y el informe correspondiente, notificado a la recurrente en su domicilio señalado; y iv) De los datos del proceso se evidencia que la recurrente no agotó los procedimientos legales previos.