SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0414/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
El presente recurso fue recepcionado el 16 de noviembre de 2007, sin que haya sido sorteado, debido a la renuncia de los entonces Magistrados que provocaron falta de quórum; y habiéndose designado Magistrados del Tribunal Constitucional, en el marco de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se dispuso el sorteo correspondiente, en primer lugar, el 19 de abril de 2010; sin embargo, al no haber obtenido el proyecto de resolución la mayoría de votos requeridos, mediante Acuerdo Jurisdiccional 020/2010-Bis de 18 de mayo, se procedió a nuevo sorteo, el cual se realizó el 31 del referido mes y año, por lo que la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones previas: En cuanto a la aplicación de la Constitución Política del Estado y el uso de la terminología adecuada en la acción de libertad
- acción de libertad
- no subsidiaria
- SC 0080/2010-R
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR