SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0421/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, manifestó que habiéndole concedido la cesación de la detención preventiva, se le impuso como medida sustitutiva la detención domiciliaria a cumplir en su domicilio y con la vigilancia de un guardia de seguridad dispuesto por el Director del centro penitenciario de San Pedro; mas dicha autoridad no cumplió con la Resolución que viabilizó la detención domiciliaria ni con el mandamiento de libertad, bajo el argumento de que no existe personal suficiente para cumplir con la vigilancia del accionante en su detención domiciliaria, vulnerando de esa manera el derecho a la libertad. Corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho a la libertad física del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Representante del Ministerio Público
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- Fragmento 14
- efectivos y oportunos de defensa
- APROBAR