AUTO CONSTITUCIONAL 0144/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0144/2010-RCA

Fecha: 26-Jul-2010

en forma oportuna e inmediata, sin dilaciones ni demoras,

Por consiguiente, al no haber solicitado el agraviado u otra persona a su nombre con poder suficiente, el restablecimiento de sus derechos conculcados en forma oportuna e inmediata, sin dilaciones ni demoras, determina la improcedencia in límine de la acción, por haberse interpuesto en forma extemporánea, sin observar el plazo de los seis meses establecido por el art. 129.II de la CPE y la jurisprudencia de este Tribunal, aspecto que imposibilita se ingrese a analizar otras consideraciones de orden procesal dada la extemporaneidad del mismo.