Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0144/2010-RCA
Fecha: 26-Jul-2010
rechazó in límine
La Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 19/2008 de 25 de marzo, cursante a fs. 164 y vta., rechazó in límine el recurso, argumentando que la recurrente incumplió lo previsto por el art. 97.IV y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), al ser su petitorio ambiguo y al consignar como vulnerado el principio de legalidad.
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- I.4. Petitorio
- rechazó in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- Fragmento 8
- de ocurrido el acto ilegal u omisión indebida o de agotados los medios y recursos judiciales ordinarios o administrativos idóneos para hacer cesar el acto,
- II.3. Análisis del caso venido en revisión
- el 28 de agosto de 2007
- en forma oportuna e inmediata, sin dilaciones ni demoras,
- APROBAR