Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0418/2010-CA
Fecha: 05-Jul-2010
consulta
En consulta la Resolución 173 de 6 de septiembre de 2008, cursante de fs. 324 a 327, pronunciada por el Juez de Partido Segundo del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Cochabamba, que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulada por Edgar Vitalio Bohórquez Argote en representación de la empresa CABLEBOL S.A., demandando la inconstitucionalidad del art. 216 del Código Procesal del Trabajo (CPT), por supuestamente vulnerar los arts. 7 incs. a) y g), 9.I y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 6
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- sujeto procesal
- en los casos en que el incidente de inconstitucionalidad sea planteado en ejecución de sentencia
- podrá ser presentado por una sola vez en
- 1.- APROBAR