Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0438/2010-CA
Fecha: 12-Jul-2010
I.2. Respuesta a la solicitud
Corrido en traslado el incidente, mediante decreto de 3 de octubre de 2008 (fs. 19 vta.) fue respondido por Mónica Analía Ortíz Núñez en representación de Arturo Iván Navarro Wieler, quien señaló que el recurso incumple con el art. 60.3 de la LTC, ya que el cuestionado art. 35 de la misma norma, no es una disposición que “intervenga o modifique” el fondo del recurso, toda vez que las excusas, de acuerdo con la SC 1597/2005-R de 9 de diciembre, deben ser tramitadas en forma paralela al amparo constitucional, no dependiendo de la declaración de constitucionalidad o inconstitucionalidad de dicha norma la resolución final a pronunciarse. Pidió rechazar el recurso (fs. 44 a 45).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazaron
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- confrontar el texto de la norma impugnada con el de la
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- su participación es accesoria y no en todos los recursos
- de tramitación especial y sumarísima
- autónomo e independiente
- II.7. Análisis del caso
- su participación es accesoria y limitada
- 1º APROBAR con los fundamentos expuestos