AUTO CONSTITUCIONAL 0438/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0438/2010-CA

Fecha: 12-Jul-2010

rechazaron

Por Resolución 137 de 7 de octubre de 2008, cursante a fs. 46 y vta., los Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, rechazaron el incidente de inconstitucionalidad, alegando que: a) Contra la negativa a la excusa solicitada, no procede recusación, apelación u otro actuado; b) No existe vacío legal en el art. 35 de la LTC, al determinar el tratamiento de las excusas en única instancia, conforme prevé el art. 42 de la misma Ley; y, c) El incidente de inconstitucionalidad, sólo debe ser promovido por las partes que intervienen en el recurso de amparo constitucional, no pudiendo ser presentado por el tercero interesado.