AUTO CONSTITUCIONAL 0446/2010-CA
Fecha: 12-Jul-2010
consulta
En consulta la Resolución de 8 de octubre de 2008, cursante de fs. 8 a 11, pronunciado por el Tribunal Sumariante del Consejo de la Judicatura del Distrito Judicial de Santa Cruz, que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, planteado por Severo Hurtado Ribera, Juez Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social, demandando la inconstitucionalidad del art. 43 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial (RPDPJ), en cuanto se refiere a la creación de la “Gerencia de Régimen Disciplinario”, por supuestamente vulnerar los arts. 7 incs. a) y h), 14, 16.II, 29, 31, 34 y 116.II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg) y los arts. 25, 26, 27, 28 y 30 de la Ley de Organización Judicial abrogada (LOJabrg).