AUTO CONSTITUCIONAL 0450/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0450/2010-CA

Fecha: 12-Jul-2010

“El petitorio con precisión y claridad, citando la norma constitucional infringida, las leyes, decretos, resoluciones o actos contrarios a la Constitución y especificando la justificación por las que ellas resultaren inconstitucionales”

          El art. 30 inc. 4) de la LTC, se refiere al contenido de las demandas y recursos, determina: “El petitorio con precisión y claridad, citando la norma constitucional infringida, las leyes, decretos, resoluciones o actos contrarios a la Constitución y especificando la justificación por las que ellas resultaren inconstitucionales” (las negrillas son nuestras).