Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0451/2010-CA
Fecha: 12-Jul-2010
II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de “…los decretos que niegan su resolución como ser; recusación, incidente de nulidad de obrados, apelaciones y reposiciones y piden la Nulidad de Obrados hasta el vicio mas antiguo…” y se declare la inconstitucionalidad del art. 185.II del CPC, por la supuesta vulneración a sus derechos y garantías constitucionales, citando al efecto los arts. 7 inc. h) y 16 de la CPEabrg.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
- El Tribunal Constitucional no tiene competencia para conocer y resolver sobre fallos, sentencias, autos y otras resoluciones que dicte el Poder Judicial a través de sus jueces y magistrados
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.5.1.
- II.5.2.
- APROBAR,