Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0484/2010-CA
Fecha: 21-Jul-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve APROBAR la Resolución de 5 de noviembre de 2008, cursante de fs. 30 a 32, pronunciada por el Tribunal Séptimo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz; en consecuencia, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Yeris Ivo Peric Alarcón.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- aplicable a aquellos procesos
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- Si no hubieran sido incluidos, serán enjuiciados por la Justicia Ordinaria, de acuerdo a la Ley común
- no va a depender
- APROBAR