Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0572/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 3 de febrero de 2010 denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; y, 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución 01/07 de 16 de enero, cursante de fs. 94 a 95, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Puerto Acosta, provincia Camacho del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, CONCEDE el amparo solicitado, en los términos dispuestos por el Tribunal de garantías.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- “procedente”
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “
- Fragmento 12
- Desde su concepción constitucional
- un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso de autos
- concedido
- APROBAR