Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0616/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.6.
II.6. Por nota de 29 de enero de 2007, el Representante Departamental de Pando del Defensor del Pueblo, solicitó a Javier García, Gerente a.i. de ENDE Cobija, un informe sobre los siguientes aspectos: a) En que norma legal o reglamento se basó para ordenar el corte del servicio eléctrico en el domicilio particular de Marita Medina Catima; b) Se adjunten fotocopias simples de la documentación presentada por el comprador del inmueble, René Rosas Matienzo; y, c) Qué acciones adoptó ante el clamor de la peticionaria de rehabilitar el servicio (fs. 30 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR