Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0616/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente solicita tutela de sus derechos a la vida, a la salud y la “seguridad”, denunciando que fueron vulnerados por el funcionario recurrido, ya que en su condición de Jefe de Sistemas a.i. de ENDE Cobija, a petición del supuesto propietario de la casa donde ella habita junto a sus hijos menores, procedió a cortarle el suministro de energía eléctrica. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR