Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0637/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.5.
II.5. Por memorial presentado el 24 de enero de 2007, ante el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Oruro, Javier Blancourt Barrientos, solicitó la nulidad de obrados por indefensión debido a que nunca fue notificado con el proceso ejecutivo (fs. 34 y vta.), ante lo cual el Juez por proveído de 25 del citado el mes y año, corrió en traslado la nulidad formulada a la parte ejecutante y ejecutada (fs. 35).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3. La notificación al tercero interesado
- complementó y moduló
- III.5. Análisis del caso de autos