Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0689/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.2.
II.2. Por informe de 15 de marzo de 2004, el oficial a cargo de DIPROVE, dio a conocer que el vehículo ingresado por la recurrente, según el Registro Único Automotor (RUAT) en el departamento de informática, página para la Policía Nacional, fue reportado como robado en la República de Brasil (fs. 25).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia del Juez de garantías
- 1)
- “procedente”
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. De la subsidiaridad en el recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- REVOCAR