SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0703/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0703/2010-R

Fecha: 26-Jul-2010

III.2.2. Análisis del caso

Las normas legales citadas y la jurisprudencia constitucional precedentemente expuesta es aplicable al presente caso, toda vez que los accionantes, desde el primer momento de su aprehensión de manera inmediata, debieron acudir al juez cautelar a quien se dio aviso de la investigación, y en el caso de que ello no hubiese sucedido, debieron acudir ante el juez cautelar de turno efectuando la denuncia, quien dada sus funciones pronunciarse sobre las ilegalidades denunciadas a través de la presente acción tutelar; puesto que como se tiene explicado, “en los casos en que una persona bajo investigación penal considere que es víctima de abuso o atropello por parte de la Fiscalía o la Policía, debe acudir en denuncia ante el juez cautelar que corresponda, haciendo conocer esos hechos a través de los recursos y mecanismos pertinentes a objeto de que sean reparados sus derechos fundamentales, entre ellos el de la libertad”.