Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0703/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la LTC, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 95/2008 de 30 de marzo, cursante de fs. 16 a 19, pronunciada por la Jueza Primera de Partido Mixta de la provincia Hernando Siles del Distrito Judicial de Chuquisaca; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- Fragmento 14
- juez cautelar
- SC 0080/2010-R
- “Primer supuesto:
- III.2.2. Análisis del caso
- REVOCAR