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    0690/2010-R de 19 de julio
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    0690/2010-R de 19 de julio

    Fecha: 31-Ago-2010

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    • I. ANTECEDENTES
    • II.1 En cuanto a los argumentos de la SC 0690/2010-R de 19 julio.
    • no dio lugar a la extinción de la acción penal por encontrar actos dilatorios atribuibles al imputado
    • debe tenerse en cuenta en un plano de complementariedad, lo previsto por el art. 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP)
    • SC 083/2010-R
    • el agraviado y accionante no ha efectuado una adecuada y clara fundamentación ni acreditación por la que se demuestre que efectivamente hubiese existido una ilegalidad por parte de las autoridades judiciales demandadas, a tal extremo que la valoración de la prueba resulte irracional y atenta la equidad y/o que la misma no fue considerada o valorada

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