AUTO CONSTITUCIONAL 0166/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0166/2010-RCA

Fecha: 18-Ago-2010

“improcedencia”

Los recurrentes -ahora accionantes-, señala que las autoridades recurridas -ahora demandadas-, vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y libre comercio, a la petición y al principio de  irretroactividad de la norma, por cuanto la OM 140/2007, dispone el traslado de sus locales a una distancia de 500 m de los centros de salud, educación y de recursos pedagógicos, manifestando que dicha determinación afecta sus derechos adquiridos por las licencias de funcionamiento de sus afiliados, de otra parte indican, que un acto administrativo no puede ser aplicado de forma retroactiva a los propietarios beneficiarios de las licencias de funcionamiento, obtenidas con anterioridad a la presente Ordenanza, considerando el mismo como acto ilegal, ocasionándoles perjuicio económico en el traslado de sus locales. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de “improcedencia” motivadas por el Tribunal de garantías.