AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2010-RCA
Fecha: 18-Ago-2010
I.1. Síntesis del recurso
Por memorial presentado el 29 de abril de 2008, cursante de fs. 60 a 62, el recurrente indica que el 29 de enero de 2007, fue notificado con las Resoluciones Determinativas 31078356, 31078357, 31078358, 31078359, 31078360, 31078361, 31078362 y 31078363, en la cual se establecía una supuesta deuda tributaria, por lo que presentó recurso de alzada ante la Superintendencia Regional Tributaria de la ciudad de La Paz, que emitió el Decreto de 22 de mayo de 2007, disponiendo la presentación de los originales de las declaraciones juradas del IVA e IT, de los periodos fiscales de marzo, junio y julio de la gestión 2004; solicitud que fue cumplida oportunamente, emitiendo la mencionada Superintendencia, la Resolución 0348/2007 de 6 de julio, revocando las Resoluciones Determinativas impugnadas.
Agrega que, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) impugnó la Resolución 0348/2007 ante la Superintendencia General Tributaria, instancia que pronunció la Resolución STG-RJ/0626/2007 de 29 de octubre, que dejó subsistentes las aludidas Resoluciones Determinativas pronunciadas por el SIN, argumentando que las declaraciones juradas debieron ser presentadas como prueba de reciente obtención y justificando el hecho de no haber sido presentadas oportunamente.
Finaliza indicando que, la Superintendencia General Tributaria, omitió valorar correctamente la prueba documental solicitada “de oficio” por la Superintendencia Regional Tributaria, por lo que recurre de amparo, pidiendo a nombre de la empresa que representa, la anulación de la Resolución que resuelve el recurso jerárquico STG-RJ/0626/2007 y se dicte nueva resolución de acuerdo a Ley.
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- I.4. Petitorio
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 2.
- “…la admisión o el rechazo del amparo constitucional debe resolverse luego de presentado el recurso, para así evitar activar innecesariamente el procedimiento posterior
- I.
- contenido
- II.3. Análisis de la Resolución enviada en revisión
- II.4. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad
- 1) el elemento fáctico