Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0183/2010-RCA
Fecha: 24-Ago-2010
1).-
Solicita se declare procedente el recurso y se disponga: “1).- ANULAR y dejar sin efecto la demanda principal de amparo constitucional y demás actuaciones del recurrente y apoderado por falta de personería (impersoneria), dejando sin efecto el amparo constitucional y sentencia de fecha 21 de mayo de 2008 dictado por los Drs. EDGAR TERRAZA MELGAR, OSVALDO CÉSPEDES CÉSPEDES y RAMIRO CLAROS ROJAS (…); y, 2) Se digne reponer los autos atacados de nulidad de fecha 27 de noviembre de 2007, saliente, auto de complementación y enmienda de 15 de noviembre de 2008…” (sic).