AUTO CONSTITUCIONAL 0183/2010-RCA
Fecha: 24-Ago-2010
II.4. Análisis del caso
En el presente caso, revisado el extenso memorial de acción de amparo constitucional, cuyo petitorio señala: “dejar sin efecto la demanda principal de amparo constitucional y demás actuaciones del recurrente y apoderado por falta de personería, dejando sin efecto el amparo constitucional y sentencia de fecha 21 de mayo” (sic), emitido por el Tribunal de Garantías conformado por los ahora demandados Osvaldo Céspedes Céspedes, Ramiro Claros Rojas y Edgar Terrazas Melgar, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y Jorge Antonio Abella Banzer Fiscal de Materia. Impugna una Resolución emitida por un Tribunal de garantías dentro de un proceso de acción de amparo constitucional.