Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0518/2010-CA
Fecha: 03-Ago-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1) y art. 64.III de la LTC, concordante con el 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve APROBAR, la Resolución 561/2008 de 19 de diciembre, cursante de fs. 68 a 69, pronunciada por el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Williams Gustavo Paniagua Yépez.