AUTO CONSTITUCIONAL 0546/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0546/2010-CA

Fecha: 11-Ago-2010

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Manifiesta, que dentro del proceso disciplinario seguido en su contra por el Consejo de la Judicatura, en las diferentes etapas del proceso le negaron la oportunidad a la defensa, no se procedió a una previa investigación en su contra; ante este reclamo señala que el Tribunal Sumariante manifestó que el Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial no contempla la posibilidad de interponer incidentes, vulnerando sus derechos a la defensa, al debido proceso, a producir prueba; hace referencia también a la “SC 11/2000”, indicando que la presunción de inocencia se constituye en una garantía del debido proceso, protegiendo al encausado frente a actitudes arbitrarias, que podrían dar margen a prejuzgamientos y condenas sin proceso; el art. 16.I de la CPEabrg, presume la inocencia del encausado mientras no se compruebe su culpabilidad y que la carga de la prueba le correspondía, derecho que se le negó, concerniéndole a la parte acusadora presentar pruebas.