AUTO CONSTITUCIONAL 0576/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0576/2010-CA

Fecha: 18-Ago-2010

APROBAR,

El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve APROBAR, la Resolución 900/08 de 20 de septiembre de 2008, cursante de fs. 93 a 94, pronunciado por Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Carlos Xavier de Grandchant Salazar en representación del Banco de Crédito  de Bolivia S.A.