SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0756/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0756/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

i)

El Director Técnico del SEPCAM, mediante sus abogados y apoderados, señaló en audiencia, que: i) En todas las etapas del proceso, se efectuaron reclamos que fueron ignorados por los jueces inferiores, sobre declinatoria de competencia, presentado el 6 de junio de 2005; ii) No es evidente que los Ministros recurridos, no hayan analizado el recurso de casación, al contrario, en su labor interpretativa de las normas, han emitido un Auto Supremo con estricto apego a las normas constitucionales; aunque existe un precedente contrario, que no es el caso, ya que en ese orden de ideas, el Tribunal puede apartarse de éste cuando considere necesario; pero tal evento, tiene la carga de argumentación; es decir, tiene que aportar las razones que justifiquen el apartarse de las decisiones anteriores; iii) Las autoridades recurridas, advierten con indudable precisión, la naturaleza de entidad pública de la cual está revestido el SEPCAM; por lo tanto, las actoras son funcionarias públicas y se encuentran fuera del ámbito de la legislación laboral; y, iv) El DS 24833 de 2 de septiembre de 1997, establece la nueva estructura de las prefecturas, incluyendo entre otras a la Unidad Departamental de Caminos, dentro del cual se encuentra el SEPCAM, creada por DS 25366 de 26 de abril de 1999.