SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0756/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
III.3.
III.3. En autos, dentro del proceso laboral a instancia de Nível Nogales Guzmán, en representación de Karina Torrico Cuéllar y Alcira Saldaña Arce, contra el SEPCAM, se emitió el Auto Supremo 1331 de 22 de noviembre de 2006; que, en una ilegal interpretación de la norma y a las disposiciones legales que citan, las accionantes estarían consideradas como servidoras públicas y que por lo tanto no están comprendidas dentro de los alcances de la Ley General del Trabajo, estableciendo en su mérito que los jueces de instancia obraron sin competencia; ademñas que la vía laboral no sería competente para resolver las pretensiones de las accionantes; por lo que, al desconocer la competencia de los órganos jurisdiccionales inferiores para el conocimiento de cuestiones sociales emergentes de cuestiones laborales, estarían desconociendo su propia competencia, cuando en casos similares no existió observación alguna respecto a dicha competencia, la que fue consentida al considerar y darse por válidos los actos de los Tribunales inferiores que frente a similar problemática, ingresaron al fondo del asunto, discriminando la competencia de la judicatura laboral.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- III.4.
- in dubio pro operario
- APROBAR