SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0808/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0808/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

a)

El recurrente, ahora accionante, manifiesta, que la autoridad judicial demandada lesionó sus derechos a la libertad personal a la libertad de  locomoción, a la defensa y al debido proceso por cuanto fue apremiado en su calidad de depositario: a) Sin haber sido puesto a disposición de la autoridad judicial; b) Su detención tiene una duración mayor a las veinticuatro horas -cuarenta días-. Corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho a la libertad del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.