Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0829/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Efectuada la audiencia pública el 28 de abril de 2007, presentes la parte recurrente asistida por el abogado Víctor Hugo Cassón; las autoridades recurridas, Edith Reyna Vergara Villena y Wildo Bolívar Orozco, asistidos por los abogados Lilian Córdoba, Paola Chirinos Montoya y Gary Campero; Sonia Elizabeth López Bascopé, a través de su apoderado Elías Cruz, ausente Never Vega Salinas, según consta en el acta cursante de fs. 208 a 212, se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 13
- III.3. Subreglas sobre la legitimación procesal pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR