SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0849/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0849/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

i)

Por informe escrito, cursante a fs. 753 y vta., el correcurrido, Grover Eduardo Núñez Klinsky, Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, señaló lo siguiente: i) En el Juzgado a su cargo, se tramita un proceso ejecutivo seguido por el Banco Unión S.A., representado por Mauricio Eduardo Murillo Maldonado, Carmen Soraya Rodríguez Ibáñez y/o Luis Ricardo Blanco Suárez contra Javier Lorgio Landivar Salinas y Carlos Alberto Landivar Salinas, que mereció Sentencia de 14 de enero de 2005, que declaró probada la demanda ejecutiva e improbada la excepción interpuesta; Resolución que ha sido confirmada por Auto de Vista de 22 de diciembre de ese año; ii) El instrumento público 995/2000, base de la presente ejecución, reúne todos los requisitos para ser considerado plenamente válido como título ejecutivo; iii) Quiere utilizarse el recurso de amparo constitucional como un recurso ordinario, como si se hubieran violado garantías constitucionales o cometido actos u omisiones indebidas; sin haber agotado las instancias correspondientes con que cuenta el proceso ejecutivo, conforme dispone el art. 28 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y Asistencia Familiar (LAPCAF); y, iv) Al no haber cometido ningún acto ilegal ni omisión indebida o violación a un derecho fundamental, pide se proceda conforme a ley.