Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0849/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.2.
II.2. El 15 de febrero de 2005, el ahora recurrente apeló de la Sentencia 02/2005, que fue radicada en la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, quienes pronunciaron el Auto de Vista de 22 de diciembre y Auto complementario de 4 de febrero de 2006, confirmando la Resolución apelada y su complementaria (fs. 275 a 277 vta.; 307 y vta. y 311 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. La inmediatez en la acción de amparo constitucional
- solicitó explicación, complementación y enmienda del Auto de Vista impugnado
- 12 de abril de 2006