SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0866/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
concedió
Concluida la audiencia, el Juez de Partido y de Sentencia de la provincia Vallegrande de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 19 de abril de 2007, cursante de fs. 163 a 164 vta., concedió el recurso disponiendo que el Concejo Municipal le devuelva la Alcaldía Municipal con sus enseres de función administrativa, con los siguientes fundamentos: i) Que en el trámite del voto constructivo de censura no se cumplió con lo establecido en el art. 51 de la LM, cuando en su "inciso segundo" indica que: "La moción de censura será presentada al Concejo Municipal por conducto de su Presidente, debiendo ser publicada y notificada al Alcalde Municipal …"; y, ii) Que el "inc. 10 del art. 51" de la misma Ley, dice que será nula toda actuación que no cumpla con el procedimiento establecido y la Constitución Política del Estado establece el derecho a la defensa de las personas y que nadie puede ser condenado a pena alguna sin antes haber sido oído y juzgado previamente, derechos que fueron violados y conculcados contra el recurrente Germán Butrón Quiroz.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.5. El caso de autos
- concedido
- POR TANTO